Inician procedimiento de sanción a ESSAL por mal funcionamiento de planta en Panguipulli

El jefe de la Oficina Regional en Los Ríos de la SISS, Erick Loyola informó que la empresa cuenta con plazo de 10 días hábiles para realizar sus descargos a partir de la fecha de notificación de la resolución.

Boleta Essal | Referencia
Boleta Essal | Referencia

Essal.- La Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) inició un procedimiento de sanción para determinar las responsabilidades de la empresa ESSAL S.A. en la discontinuidad del servicio de recolección de aguas servidas que afectó a vecinos de la comuna de Panguipulli en la región de Los Ríos, ello tras que denunciaran públicamente a la empresa de verter aguas servidas al Lago Panguipulli y la responsabilizaran de un accidente sanitario ocurrido en verano en Panguipulli.

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De acuerdo a lo señalado por el jefe de la Oficina Regional de la SISS en Los Ríos, Eric Loyola el inicio de procedimiento de sanción se fundamenta por el incumplimiento por parte de la concesionaria a la normativa (Artículo 11 letra a) de la Ley N°18.902 que impone la obligación de garantizar la calidad y continuidad del servicio de recolección de aguas servidas,  lo que se verificó en la esquina de las calles Arturo Prat con José Miguel Carrera, y los sectores más bajo de la comuna. “Esto es, desde las calles Clodomiro Figueroa y Diego Portales, incluyendo las instalaciones de la 1° Compañía de Bomberos de la comuna de Panguipulli”, explicó el profesional.

Por otra parte, explicó Loyola, la resolución de la SISS se fundamenta en el artículo 11 letra b) de la Ley N°18.902, por cuanto se verificó que la situación puso en peligro la salud de la población, al constatarse inundación por aguas servidas en domicilio y aposamiento de aguas servidas en la calzada.

“La evacuación de aguas servidas se produjo a través del Estero sin nombre, en un sector del lago de Panguipulli, generando molestias a la alta presencia de veraneantes y transeúntes que se encontraban en el lugar”, precisó Loyola.

Indicó que dentro de los antecedentes considerados en el inicio de procedimiento sancionatorio se encuentra el hecho que la empresa concesionaria “no implementó todas las medidas de mitigación disponibles, como la extracción de las aguas servidas mediante camiones con equipos de succión, limpieza de los sectores afectados y sanitización necesaria, en coordinación con la autoridad de salud”.

El jefe de la Oficina Regional en Los Ríos de la SISS informó que la empresa cuenta con plazo de 10 días hábiles para realizar sus descargos a partir de la fecha de notificación de la resolución.Pulmahue

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