Ordenan nuevo juicio por falta de imparcialidad en Tribunal de Panguipulli





Tribunal Panguipulli

La Segunda Sala del máximo tribunal del país, en fallo dividido, acogió la acción legal interpuesta por la defensora penal pública, Beatriz Bertrán, y ordenó la realización de un nuevo juicio oral, por infracción al debido proceso en tanto el Juzgado de Garantía de Panguipulli, incorporó, por propia iniciativa, extracto de filiación y antecedentes de acusado en una causa de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar de abril del 2020.


Panguipulli.- A partir de un recurso de nulidad interpuesto por la defensora penal pública de Panguipulli, Beatriz Bertrán, la Segunda Sala de la Corte Suprema acogió la acción legal y ordenó la realización de un nuevo juicio oral, por infracción al debido proceso en tanto el Juzgado de Garantía de Panguipulli,  por iniciativa propia, incorporó el  extracto de filiación y antecedentes de un acusado en una causa de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar en abril de 2020 en Panguipulli en la región de Los Ríos.

En el fallo, el máximo tribunal del país, señala que tanto el Tribunal  de Garantía como el Tribunal del Juicio Oral “(…) constituye un sujeto procesal que, en cuanto conductor del procedimiento desde una posición neutral, no tiene la calidad de interviniente y, por tanto, se encuentra impedido de actuar como sujeto productor de evidencia y, con mayor razón, de prueba en juicio. Es decir, solo puede decretar y/o recibir las probanzas que hubiesen sido ofrecidas y/o pedidas por los intervinientes (…)”.

Según indicó la defensora penal pública, Beatriz Bertrán, en la resolución  se explicita  una especie de ‘subsidio procesal’ del Tribunal a la parte acusadora,  lo que se traduce en una vulneración de la garantía constitucional del respeto al debido proceso  “Una conducta  totalmente contraria a la imparcialidad de un Tribunal, que sitúa en un lugar de desmedro a la defensa, favoreciendo con prueba al ente persecutor y por tanto,  atenta contra la igualdad de armas en nuestro  sistema penal adversarial y lo más importante;   vulnera derechos procesales de una persona  sometida al peso punitivo del Estado, lo que no puede ocurrir  en ningún tipo de causa” precisó.

La Segunda Sala del máximo tribunal del país es integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y  Jorge Zepeda, que  votaron a favor de la decisión y la ministra María Teresa Letelier, que votó en contra de la misma.

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