Comunal

Municipio de Panguipulli recibe primera condena de la Corte de Apelaciones de Valdivia por término anticipado de contrata



Panguipulli.- El pasado 03 de Abril de 2025 se produjeron los alegatos en la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia donde el Ex funcionario M.F.A., Ingeniero, quien desempeñaba labores en el departamento de informática de la Municipalidad de Panguipulli, interpuso el pasado 12 de Marzo un Recurso de protección por término anticipado de contrata, a través de su abogada Priscilla Delgado Castaño, profesional dedicada a la defensa privada en materia laboral y derecho administrativo, quien se ha desempeñado en varios municipios del País, como Puerto Natales, Curaco de Vélez, Puerto Varas, Villarrica, Futrono, entre otros.

Lo cierto, es que a diferencia de lo que ocurre con las demandas de los funcionarios contratados a honorarios, que son en la mayoría de los casos, casi ganadas por secretaría por existir diversos fallos que refuerzan el establecimiento de la relación laboral, los funcionarios a Contrata gozan de un régimen estatutario distinto y complejo a la hora de realizar reclamaciones judiciales, que por cierto ya no son de conocimiento de Contraloría, quien en el pasado mes de Noviembre, mediante un pronunciamiento oficial, entregó la competencia a la judicatura ordinaria.

Es así como la Corte de Apelaciones de Valdivia, sentando un precedente, acoge con costas (que el municipio de Panguipulli asume) el recurso interpuesto por el citado funcionario indicando en lo resolutivo de la sentencia que “Así las cosas, el término anticipado de la contratación del recurrente contraría lo comunicado con anterioridad por la propia recurrida, a su vez, dicha decisión debió haberse dispuesto por un acto fundado, y atendida la deficiente fundamentación del decreto impugnado, este deviene en ilegal y arbitrario, lesionando la garantía de igualdad del actor y de propiedad respecto de sus remuneraciones, reconocidas en el artículo 19 N°2 y N°24 de la Constitución Política de la República, respectivamente”.

Finaliza indicando “se ACOGE, con costas, el recurso de protección interpuesto en contra de la Ilustre Municipalidad de Panguipulli, debiendo la recurrida mantener la contratación del recurrente hasta el 31 de diciembre de este año, sin solución de continuidad”.

Aún queda pendiente saber si la citada casa edilicia evaluará apelar de esta sentencia ante la Corte Suprema, lo que si resulta claro, es que por cada mes que demore el recurso, se siguen devengando las remuneraciones del funcionario recurrente si es que termina ganado en ambas instancias judiciales.

Área de Prensa RedPanguipulli

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